El Gobierno de Russia podría modificar los requisitos de compatibilidad del software ruso con los sistemas operativos nacionales. Según el borrador de la resolución, para las soluciones en la nube y los programas de protección de datos confidenciales, la compatibilidad con un solo sistema operativo de confianza podría ser suficiente en lugar de dos. Para varias otras categorías de software, se propone posponer los plazos de cumplimiento de los requisitos por un año. 

Las enmiendas proponen introducirse en la resolución № 1937, que establece los requisitos para el software de confianza. Así lo informan «Vedomosti» (The Gazette).

Los cambios afectarán a los programas que se instalan directamente en los ordenadores. Para el software de oficina, se propone establecer una nueva fecha límite para el 1 de septiembre de 2027. Para los programas de servicio y las herramientas de virtualización, para el 1 de enero de 2028; para las herramientas de seguridad de la información, para el 1 de junio de 2028. Para el software industrial, se quiere posponer la fecha límite hasta el 1 de enero de 2029.

El Ministry of Digital Development, Communications and Mass Media explicó la necesidad de la prórroga diciendo que los desarrolladores necesitan tiempo adicional para finalizar las soluciones de software.

Ya existen varias excepciones a la regla de los dos sistemas operativos

Actualmente, el software ruso, para cumplir con los requisitos de software de confianza y permanecer en el registro, debe ser compatible con al menos dos sistemas operativos nacionales de confianza.

Sin embargo, si los desarrolladores del programa o del sistema operativo pertenecen al mismo grupo de empresas o si el programa funciona solo como parte de un complejo de hardware y software, la compatibilidad con un solo sistema operativo es suficiente.

Para el resto de los programas que se instalan en los ordenadores, el requisito se introduce gradualmente: a partir del 1 de septiembre de 2026, para el software de oficina; a partir del 1 de enero de 2027, para los programas de servicio, las herramientas de virtualización, las soluciones en la nube y de servidor, los SGBD y otros; a partir del 1 de junio de 2027, para el software de aplicación y las herramientas de seguridad de la información; y a partir del 1 de enero de 2028, para el software industrial.

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