A partir del 1 de septiembre de 2026, los bancos y las organizaciones de microfinanzas (MFO) comenzarán a informar a la FSSP sobre cómo recuperan las deudas vencidas. La nueva obligación está consagrada en la ley federal y se refiere al trabajo con la deuda de los clientes.

Los informes deberán presentarse electrónicamente a través del sistema de intercambio interdepartamental, y si no es posible, en papel.
La FSSP, en consulta con el Banco de Russia, determinará el formato de los documentos, los plazos y la frecuencia de envío. Es decir, las reglas uniformes de presentación de informes para bancos y MFOs se establecerán por separado.
Hasta ahora, solo las organizaciones de cobro profesionales estaban obligadas a presentar informes similares. Ahora, el control se extenderá también a quienes otorgan créditos y préstamos.
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