A partir del 1 de julio, los bancos comenzarán a proporcionar a los padres, adoptantes y tutores información sobre las cuentas y depósitos de clientes menores de edad de 14 a 18 años. Las enmiendas a la Ley "Sobre bancos y actividades bancarias" tienen como objetivo poner fin a los esquemas fraudulentos y los gastos imprudentes que afectan a los adolescentes.
Para confirmar la autoridad del representante legal, las organizaciones de crédito podrán utilizar los datos del sistema de información estatal "Plataforma digital centralizada unificada en el ámbito social". Si no hay información digital disponible, se aceptarán documentos tradicionales: certificado de nacimiento, de adopción o acto del organismo de tutela.
No se trata de una intromisión en la privacidad del adolescente, sino de la posibilidad de reaccionar a tiempo ante posibles riesgos relacionados con el fraude financiero, los gastos imprudentes o la implicación de menores en esquemas ilegales.
La única excepción serán aquellos que hayan adquirido plena capacidad jurídica antes de los 18 años, ya sea por matrimonio o emancipación.
Anteriormente, los padres no siempre podían conocer los activos financieros de sus hijos, y los adolescentes utilizan activamente tarjetas, servicios de pago e instrumentos digitales. El nuevo procedimiento cierra esta laguna, equilibrando la protección de los intereses patrimoniales y el derecho a la autonomía de los ciudadanos con plena capacidad jurídica.



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