Se ha permitido transliterar el nombre del titular en el carné de conducir según el pasaporte extranjero, y las restricciones médicas ahora se codifican con etiquetas alfabéticas. Según informó el servicio de prensa del Ministerio del Interior a TASS, las nuevas disposiciones ya están en vigor y se aplican tanto a la emisión de nuevos carnés como a la sustitución de los antiguos.
Por defecto, la duplicación de los registros se realiza mediante transliteración estándar, pero a petición del conductor, las letras pueden transferirse de un pasaporte extranjero válido o de un permiso de conducir extranjero. Esto elimina las discrepancias que los automovilistas encontraban al alquilar coches en el extranjero.
En la sección 14 del carné ahora se especifican las restricciones codificadas: MC – solo control manual, AT – transmisión automática, APS – sistema de estacionamiento acústico obligatorio, GCL – corrección de la visión, HA/CF – compensación de la pérdida auditiva.
Además, en la sección 12 puede aparecer la marca ML si el conductor tiene contraindicaciones médicas para conducir vehículos de la categoría M. El incumplimiento de estas restricciones conlleva responsabilidad administrativa.

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