Al cruzar la frontera, solo es necesario declarar el efectivo si su monto excede los 10 000 dólares estadounidenses. La criptomoneda y las tarjetas bancarias no están sujetas a declaración.
No es necesario declarar las tarjetas bancarias ni las criptomonedas. La criptomoneda no se declara porque no es efectivo ni cheques de viajero. Las reglas de declaración se aplican al entrar y salir
También se señaló que la declaración obligatoria se aplica al efectivo y a los cheques de viajero si su monto total excede los 10 000 dólares estadounidenses. Además, desde marzo de 2022, se introdujo una prohibición temporal a la exportación de divisas extranjeras que excedan los 10 000 dólares estadounidenses.
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