A partir del 1 de marzo de 2027, los bancos detendrán las transferencias si detectan un programa malicioso en el teléfono o la computadora del cliente. Para ello, las organizaciones financieras estarán obligadas a utilizar medios de protección certificados.
Si el sistema detecta un virus o signos de control remoto del dispositivo, el pago no se realizará. La regla se aplicará tanto a las transferencias con tarjetas bancarias como a las operaciones a través del Sistema de Pagos Rápidos (SBP).
Se le explicará inmediatamente al cliente el motivo del rechazo y se le ofrecerá una salida segura: repetir la operación desde otro dispositivo o acudir a una sucursal. Antes del 1 de septiembre de 2027, los bancos deberán ofrecer a cada usuario la posibilidad de conectar dicha protección o registrar oficialmente su negativa a utilizarla.
Si el banco omite una transferencia fraudulenta que estaba obligado a detener, deberá devolver el dinero. Se concederán hasta 30 días para el reembolso, pero solo después de la apertura de una causa penal por robo.
El paquete antifraude incluye otras medidas. Se planea limitar el número de tarjetas bancarias a veinte por persona. Ahora será posible rescindir un contrato con un operador de telecomunicaciones solo 90 días después de su celebración.